El pasado 2 de abril de 2020 entro en vigor el Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, aprobado por el Gobierno para hacer frente a las consecuencias derivadas del estado de alarma.
En el Real Decreto se establecen medidas destinadas a proteger al titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual de la pérdida de su vivienda y que tienen por objeto prorrogar los contratos de arrendamientos de vivienda obligatoriamente durante 6 meses en los mismos términos y condiciones. Éstas son:
- La suspensión de los procesos de desahucio por impago de renta.
- La expiración del plazo contractual durante un máximo de 6 meses, que será de aplicación a los contratos de arrendamientos de vivienda que vencían entre el 2 de abril y hasta el día en transcurran dos meses desde la finalización del estado de alarma.
Igualmente, se enumeran una serie de ayudas al arrendatario que, por su situación de vulnerabilidad no pueda asumir el pago de la renta. Para ello, el legislador distingue entre los grandes tenedores (entidades públicas y arrendamientos privados con más de 10 viviendas) y el pequeño tenedor.
- Si el arrendador es un gran tenedor deberá aplicar una moratoria en sus contratos de alquiler y dar al inquilino a elegir entre aplicar una reducción del 50% de la renta o un aplazamiento en el pago de la misma.
- Por el contrario, si el arrendador es un pequeño tenedor, el inquilino podrá solicitar a su entidad financiera la concesión de un microcrédito sin intereses, para el pago de hasta seis mensualidades de renta, con el aval del Gobierno y, que podrán devolver en un plazo de entre 6 y 10 años. De igual manera, se prevé la convocatoria de ayudas públicas para el caso en que estos inquilinos tengan dificultades para devolver los microcréditos.
El gobierno prevé igualmente una serie de ayudas económicas, para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad:
- Aprobación de una línea de avales garantizados por el Estado.
- Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19, en los alquileres de vivienda habitual.
- Sustitución del programa de ayuda a las personas en situación de desahucio y lanzamiento de su vivienda habitual por el nuevo programa de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual y personas sin hogar.